
Aumentan pena y multa para quien desobedezca una orden de protección a favor de una víctima de violencia familiar
Martin Contreras


El Congreso del Estado determinó este día que la desobediencia a una orden de protección a favor de una víctima de violencia familiar, será sancionada con un aumento de pena, en dos terceras partes y se impondrá de doscientos a mil días multa (de $23 mil hasta 117 mil pesos-Según el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)); esto luego de reformar el Código Penal a propuesta de diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Partido Acción Nacional.
La diputada Joceline Vega Vargas, en voz de la Comisión de Feminicidios, dijo que el artículo 278 del Código Penal del Estado de Chihuahua ya tipifica el delito de desobediencia a mandatos judiciales; sin embargo, esta disposición no distingue entre los distintos supuestos de desacato, otorgando un tratamiento homogéneo a conductas que pueden implicar niveles de afectación y riesgo significativamente distintos.
“En particular, el incumplimiento de una orden de protección en materia de violencia familiar reviste una gravedad especial, en tanto implica la vulneración directa de una medida dictada para salvaguardar derechos fundamentales como la vida, la integridad personal y la seguridad de las víctimas”, dijo.
Así mismo, recordó que, durante el estudio y análisis de la iniciativa en el seno de la Mesa Técnica Interinstitucional en Materia Penal de la Comisión de Feminicidios, se valoró la pertinencia de ampliar el alcance de la disposición propuesta y se concluyó que la protección reforzada debía comprender no solo a las mujeres, sino también a niñas, niños, adolescentes y, en general, a todas las personas en situación de vulnerabilidad que sean víctimas de violencia familiar. Este enfoque permite dotar de mayor coherencia al sistema jurídico y garantiza una tutela más amplia de los derechos fundamentales.
Es así que se adiciona al artículo 278, un segundo párrafo, al Código Penal del Estado de Chihuahua, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 278.
…
Si la desobediencia recae sobre una orden de protección en favor de una víctima de violencia familiar, la pena se incrementará en dos terceras partes y se impondrá de doscientos a mil días multa.


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