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-Para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2026.
Politica25 de noviembre de 2025
Evyn Chihuahua
Integrantes de la 68 Legislatura aprobaron las Tablas de Valores de Suelo y Construcción para el Ejercicio Fiscal 2026 de los municipios de Ahumada, Aldama, Allende, Aquiles Serdán, Ascensión, Balleza, Batopilas de Manuel Gómez Morín, Bocoyna, Buenaventura, Carichí, Casas Grandes, Coronado, Coyame del Sotol, Cusihuiriachi, Chínipas, Dr. Belisario Domínguez, El Tule, Gran Morelos, Guadalupe, Guadalupe y Calvo, Guachochi, Guazapares, Huejotitán, Ignacio Zaragoza, López, Manuel Benavides, Matamoros, Namiquipa, Ojinaga, Riva Palacio, Urique, Valle del Rosario, Gómez Farías, Julimes, Madera, Maguarichi, Matachí, Meoqui, Moris, Nonoava, Praxedis G. Guerrero, Rosales, San Francisco de Borja, Santa Bárbara, Santa Isabel, Satevó, Temósachic, Uruachi y Valle de Zaragoza.
Fueron los diputados Arturo Medina Aguirre y Jorge Soto Prieto quienes en representación de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública presentaron ante el Pleno Legislativo el dictamen que contiene las tablas de valores de los municipios mencionados, señalando que, al analizar las diferentes iniciativas de los ayuntamientos, se observaron una serie de modificaciones y actualizaciones, mismas que fueron planteadas en las consideraciones del documento.
Dichas Tablas de Valores Unitarios para Suelo y Construcción servirán para determinar los valores catastrales y serán la base para el cálculo de las contribuciones que graven la propiedad inmobiliaria; en este caso, durante el Ejercicio Fiscal 2026.
Asimismo, se reconoció el esfuerzo de los municipios referidos para continuar con la actualización de los valores catastrales subvaluados, respecto de la zonificación de los predios de su territorio y determinar su valor catastral, con el propósito de que las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción reflejen el valor de mercado de los inmuebles, tal y como lo establece el marco jurídico aplicable.
Los municipios que así lo decidan y en los términos autorizados, podrán usar para el cálculo del Predial 2026 el mismo valor base que utilizaron para calcular este impuesto al 31 de diciembre de 2025.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Catastro del Estado, a partir del 1° de enero del año 2026, deberá actualizarse el valor de cada una de las cuentas del padrón catastral con base en las Tablas autorizadas, sujetándose a las reglas establecidas.
Dentro de los artículos transitorios, se instituyó que, los municipios de la Entidad deberán actualizar durante el año 2026, el padrón catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción, la cual deberá ser proporcional y acorde a las características constructivas, geográficas, socioeconómicas y de valoración de la propiedad inmobiliaria existentes en cada Municipio.
Aunado a lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, a través de la Dirección de Catastro del Estado, deberá informar de manera pormenorizada al Legislativo del Estado, sobre el cumplimiento de los municipios, respecto al informe de resultados obtenidos del diagnóstico, realizado durante el año 2025, con la participación de peritos valuadores autorizados, sobre el estado que guardan los valores unitarios de suelo y construcción, en relación con el valor de mercado.
Por último, cabe destacar que fue aprobada la reserva presentada por la diputada América Aguilar, con la finalidad de que se agreguen al Decreto los 43 conceptos de la Tabla de Instalaciones Especiales que se dejaron sin valor (tras acordarse dentro de la Comisión), a fin de aliviar la carga económica que enfrentan las familias, particularmente en un contexto donde los costos de diversos servicios pueden impactar de manera significativa…

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