
Escuelas deberán activar de inmediato el protocolo ante violencia contra estudiantes
Christian Daniel Rodriguez Ríos

Con la reforma aprobada en Sesión Ordinaria por el Congreso de Chihuahua a la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Escolar del Estado, se obliga a las instituciones educativas a activar de manera inmediata el Protocolo Único Para la Prevención, Detección y Actuación en Casos de Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes en las Escuelas de Educación Básica del Estado, una vez que se tenga conocimiento de la posible violencia en contra de una o un estudiante.
El diputado Carlos Alfredo Olson San Vicente, al exponer el dictamen ante el Pleno Legislativo en representación de la Comisión de Educación, Cultura Física y Deporte, señaló que dicho Protocolo establece mecanismos concretos de prevención, detección y actuación en casos de abuso sexual, acoso escolar y maltrato, especialmente en el ámbito educativo.
A la par de la activación del protocolo antes mencionado, quedó establecido que se deberá notificar a las madres y padres, tutores o quienes ejerzan la guarda y custodia, tanto de la víctima como de la o el estudiante denunciado solamente en los casos de violencia escolar ejercida entre pares.
En todos los demás tipos de violencia, particularmente en aquellos donde la violencia pueda estarse suscitando en el entorno familiar, la notificación se hará una vez que las autoridades a las que se haya dado parte ya se encuentren presentes en resguardo de la víctima.
Por último, se estableció notificar a la autoridad competente, cuando algún estudiante se ausente por cinco días consecutivos, o siete acumulados en un mes, sin justificación.
Todo lo anterior, dada la necesidad de garantizar una respuesta inmediata frente a posibles casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes.
Ahora bien, con estas modificaciones, se busca otorgar mayor claridad a las autoridades educativas sobre qué deben hacer ante la detección de una posible situación de violencia, reducir márgenes de interpretación y favorecer una actuación uniforme, oportuna y coordinada.
En este sentido, se reformó el artículo 11, fracciones IV y VII y se derogó el segundo párrafo de la fracción VIII, de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Escolar del Estado de Chihuahua.
La reforma propuesta contempla modificar las fracciones IV y VII del artículo 11 de la Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Escolar del Estado de Chihuahua, así como derogar el segundo párrafo de la fracción VIII.
Cabe destacar que la iniciativa que dio origen a las reformas realizadas, fue presentada por las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.


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